Se declara área natural protegida, con el carácter de “Parque Marino Nacional” a la zona conocida como “Arrecifes de Cozumel”; Según Decreto Publicado en el Diario Oficial de la Federación del 19 de Julio de 1996. En éste parque queda prohibido el anclaje, el buceo nocturno (excepto con fines de investigación científica), la modificación de la línea de costa, la navegación de embarcaciones con calado mayor a dos metros, la pesca de cualquier tipo y los vehículos motorizados, excepto para labores de vigilancia o emergencias, el hundimiento de pecios y la creación de arrecifes artificiales. Para actividades permitidas a partir de la isobata de 100 metros y hasta el límite exterior del Parque consultar el Programa de Manejo del Área Natural Protegida; según Aviso Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de Octubre de 1998.