De conformidad con la Resolución A. 720(17) de la Organización Marítima Internacional (OMI), en sus párrafos 1.4.8.1; 1.4.8.2; y 3.8.5. Con el objeto de proteger el Parque Marino Nacional, la zona conocida como "Sistema Arrecifal Veracruzano" del riesgo de daños físicos y contaminación, debido a los accidentes marítimos que puedan registrarse dentro de la zona de precaución "A". Todos los buques de arqueo bruto igual o superior a 500 unidades, así como aquellos que transporten substancias potencialmente nocivas para la vida humana o la preservación del medio ambiente marino, utilizarán el servicio de pilotaje para cruzar la zona de precaución antes indicada; para tal efecto, se establece una estación de pilotos en la zona de precaución "B". Según el Diario Oficial de la Federación del 17 de julio de 1998.